El artículo 17-K del Código Fiscal Federal (CFF) y establece la obligación de los contribuyentes a habilitar y mantener actualizados los métodos de contacto.

 El artículo 86-C del CFF el que contempla como infracción la omisión de mantener habilitado el Buzón Tributario.

El Buzón Tributario representa el medio de comunicación entre el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y los contribuyentes para efectos de realizar notificaciones. Tal y como está contemplado en el artículo 17-K del Código Fiscal Federal (CFF) y establece la obligación de los contribuyentes a habilitar y mantener actualizados los métodos de contacto.

Es importante recordar que el Buzón Tributario es el medio por el cual se pueden realizar declaraciones de impuestos, solicitudes de opinión de cumplimiento, así como también el SAT puede realizar requerimientos de información. De ahí la importancia de mantener habilitada y actualizada la información de contacto. 

¿Qué datos de contacto se debe registrar en el Buzón Tributario?

  • Dirección de correo electrónico.
  • Número de Teléfono.

¿Quiénes deben mantener actualizado su Buzón Tributario?

El CFF contempla la obligación de todos los contribuyentes a habilitar su Buzón Tributario, así como a mantener actualizada su información de contacto. Sin embargo, actualmente, el SAT ha realizado especial énfasis en aquellos contribuyentes que a partir del 1 de enero de 2022 hayan migrado al Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) tuvieron hasta el 30 de junio de 2022 para realizar la mencionada actualización.

 

¿Cuáles son las consecuencias por no mantener habilitado o actualizado el buzón tributario?

Es el artículo 86-C del CFF el que contempla como infracción la omisión de mantener habilitado el Buzón Tributario, así como no mantener actualizados los datos de contacto. Por su parte, el artículo 86-D señala la multa por el incumplimiento de dichas obligaciones, las cuales representan un monto que podrá ser de $3,420.00 a $10,260.00.

¿A partir de cuándo se impondrán las multas por no actualizar los datos de contacto el buzón tributario?

De acuerdo con el segundo artículo transitorio de la segunda versión anticipada de la Quinta Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal 2022 las multas serán aplicadas a partir del día 01 de enero del año 2023.

Carbajal Bermúez asesora y ayuda a los contribuyentes en el cumplimiento de las normas sumando valor a su operación y salud jurídica en sus relaciones.