Cuando un contribuyente es visitado por la autoridad fiscal para ejercerle facultades de comprobación, a fin de corroborar que cumpla correctamente con sus obligaciones fiscales, existe la posibilidad de que ésta culmine dicha revisión con la detección de algún incumplimiento que conlleve la determinación de un crédito fiscal a cargo del contribuyente revisado.

Si esto fuera así, y el contribuyente estuviera en desacuerdo con la determinación, tendría la posibilidad de impugnar la resolución ante la misma autoridad, o un juez administrativo.

Sin embargo, este tipo de procesos pueden llegar a ser muy costosos y sobre todo, dilatarse durante varios años.

Para evitar esta inversión de tiempo y dinero en la controversia judicial para resolverlo, y que pueda significar un desgaste importante para las empresas, existe una alternativa que puede resultar mucho más efectiva y corta, los acuerdos conclusivos.

¿Qué son los acuerdos conclusivos?

Un acuerdo conclusivo es un medio alternativo de solución de controversias (el único en materia fiscal) a través del cual, gracias a la mediación de un tercero imparcial, es posible aclarar de manera conjunta, definitiva y sin necesidad de acudir a tribunales, todas las observaciones realizadas a los contribuyentes durante las revisiones fiscales.

¿Ante quién se solicita la adopción de un acuerdo conclusivo?

El organismo encargado de recibir y tramitar las solicitudes de adopción de acuerdos conclusivos es la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente (PRODECON).

Asimismo, la PRODECON funge como mediador entre las autoridades fiscales y los contribuyentes, a fin de alcanzar un punto de acuerdo que concilie las diferencias existentes en la postura de éstos.

¿Quiénes pueden solicitar un acuerdo conclusivo?

Todos aquellos contribuyentes a quienes se les haya realizado alguna revisión por la autoridad fiscal, y que estén en desacuerdo con las determinaciones que hayan hecho las mismas autoridades.

¿En qué casos se puede solicitar un acuerdo conclusivo?

Cuando al contribuyente la autoridad le inicien alguno de los siguientes procedimientos:

  • Revisión de gabinete (cuando la autoridad te solicita que le lleves información documentación a sus oficinas).
  • Visita domiciliaria (cuando la autoridad acude a tu domicilio a revisar tus documentos relacionados con tu situación fiscal).
  • Revisión electrónica (cuando la autoridad revisa toda aquella información con la que cuente de los contribuyentes en sus sistemas).

¿Cómo pueden ayudar a mi empresa solicitar los acuerdos conclusivos?

  • Brinda la oportunidad de acudir a una instancia imparcial encargada de velar por los derechos de contribuyentes.
  • Te permite aclarar en conjunto y frente a la autoridad, los motivos de inconformidad que se hayan presentado durante la revisión, para llegar a un acuerdo bilateral.
  • Si se llega a un acuerdo, se puede obtener la condonación del 100% de las multas impuestas.
  • Una vez alcanzado el acuerdo, no hay medio de impugnación que lo pueda modificar, así que cuenta con la fuerza legal irrevocable de una sentencia.
  • Evitar juicios largos y costosos, ahorrando así tiempo y dinero.